Presos Preventivos Ejercerán su Derecho al Voto en las Elecciones Presidenciales

Presos Preventivos Ejercerán su Derecho al Voto en las Elecciones Presidenciales

YOSPER, SANTO DOMINGO.- La Junta Central Electoral (JCE) ha informado que los presos preventivos tendrán la oportunidad de ejercer su derecho al voto exclusivamente en las elecciones presidenciales que se celebrarán el tercer domingo de mayo del próximo año.

La noticia se ha dado a conocer a través del "reglamento para la implementación del voto en recintos penitenciarios", emitido por la JCE. Según este reglamento, se utilizarán como lugares de votación los centros que formen parte del nuevo modelo penitenciario, así como las cárceles públicas ubicadas en Nagua, Azua y Salcedo. Estos tres lugares han sido seleccionados como parte de un plan piloto para la captura de datos biométricos, como parte de los preparativos para la implementación de esta medida.

La JCE creará un "Padrón Electoral Penitenciario" que estará compuesto por todos los individuos en situación de prisión preventiva que posean su correspondiente Cédula de Identidad y Electoral y que hayan sido registrados.

Para la elaboración de este padrón, las instituciones encargadas del sistema penitenciario proporcionarán a la JCE una lista oficial de los ciudadanos que cumplen con los requisitos para ejercer el derecho al voto. La JCE, a su vez, llevará a cabo la depuración de esta lista y la creación de una "Lista preliminar de elecciones penitenciarias".

La JCE, en colaboración con las instituciones pertinentes, llevará a cabo el proceso de registro de votantes en los recintos penitenciarios, y se habilitarán los espacios necesarios para garantizar la correcta aplicación de esta medida. El órgano electoral dispondrá del personal y los equipos necesarios para llevar a cabo esta tarea.

Los presos preventivos inscritos en el padrón penitenciario votarán en los colegios electorales creados dentro de los recintos en los que fueron registrados, y las autoridades penitenciarias garantizarán el cumplimiento de esta disposición.

Estos colegios electorales penitenciarios estarán ubicados en los centros carcelarios en los que estén inscritos los votantes seleccionados y tendrán una cantidad de votantes determinada por la JCE, de acuerdo con lo establecido en la Ley Electoral 20-23, teniendo en cuenta las circunstancias especiales de los presos preventivos. Estos colegios estarán identificados con una codificación especial que corresponderá a la demarcación electoral de la Junta Electoral del municipio donde se encuentre el centro.

El reglamento también establece que estos colegios estarán compuestos por cinco funcionarios miembros, designados por la Junta Electoral correspondiente, y que los partidos políticos o alianzas que presenten candidatos presidenciales en las elecciones generales ordinarias tendrán derecho a acreditar delegados políticos.

El día de la votación, solo se permitirá el acceso a los Colegios Penitenciarios a los delegados de las organizaciones políticas o alianzas que hayan sido previamente acreditados por la JCE ante las autoridades penitenciarias.

El artículo 18 del reglamento establece que las votaciones en los colegios electorales penitenciarios se llevarán a cabo en un horario especial, comenzando a las 2:00 de la tarde con la instalación del colegio y la presencia de los miembros y delegados políticos acreditados. El cierre de la votación será a las 5:00 de la tarde, seguido inmediatamente por el proceso de escrutinio de votos.

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